Según lo indicado en el artículo 34 de la Resolución 973 de 2015, La UAE JCC podrá cancelar de oficio o a petición de parte la inscripción al registro profesional por la disolución y liquidación de las entidades que presten servicios de la ciencia contable.
En este caso, se deberá anexar solicitud firmada por el representante legal de la entidad registrada, ingresando al siguiente formulario: