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Proceso Para Devolución de Dineros

En cumplimiento de la Resolución No 000- 0365 de 25 de abril de 2017, por medio de la cual se estableció el procedimiento para solicitar devolución de dineros de los trámites fallidos, recibidos por la Unidad Administrativa Especial Junta Central de Contadores.

Para tal efecto, el titular del trámite debe adjuntar en PDF no mayor a 1 megabytes los siguientes documentos, según el caso previsto en los artículos 4 y 5 del citado acto administrativo, según el caso: 

Para PERSONA NATURAL

- Cédula de ciudadanía o cédula de extranjería del solicitante ampliada al 150%
- Comprobante de pago y/o consignación bancaria
- Certificación bancaria de la cuenta del titular del trámite
- Formato de solicitud de devoluciones, diligenciado y firmado por el titular. Este se encuentra al final de esta sección.

Para PERSONA JURÍDICA

- RUT de la persona jurídica
- Comprobante de pago y/o consignación bancaria
- Certificación bancaria de la cuenta de la persona jurídica, a la cual se le realizará la devolución de los dineros
- Formato de solicitud de devoluciones, diligenciado y firmado por el titular. Este se encuentra al final de esta sección.

 

NOTA: El solicitante deberá adjuntar la documentación requerida en debida forma y con el lleno de los requisitos, así como su solicitud será objeto de estudio y posterior toma de decisiones frente a cada caso.

CADUCIDADES DE LA SOLICITUD:

De acuerdo con el artículo 10 del citado acto administrativo, el plazo para solicitar la devolución, es de cinco (5) años.

¡De interés!

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